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En caso de que tengas contratado tu Seguro Catastrófico (Vive Mejor, Integral o Vivir Más), podrás contratar el “Adicional Más Protección”; el cual a través del pago de una prima adicional otorga la eliminación del deducible (UF65) en caso de accidente traumático cubierto por la póliza vigente.

Contrata desde: UF 0,1 mensuales

Deducible 0 en Clínica Las Condes en caso de accidentes traumáticos cubiertos por la póliza, hasta los 65 años de edad.

Al ser un “adicional” a tu seguro vigente, no estas contratando otros seguros, sino que una cobertura adicional a las condiciones establecidas en tu Seguro Catastrófico SCLC.

Cobertura los 365 días del año.

Coberturas

Exclusiones

Requisitos

Tarifas

Exoneración completa del deducible hasta UF 65 en caso de ocurrencia de accidente traumático cubierto por la póliza Catastrófica vigente.

 

Lo estipulado en esta cláusula adicional no será aplicable si el accidente es consecuencia de:

a) Intento de suicidio, cualquiera sea la época en que ocurra o por lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento.

b) La participación del asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas.

c) La práctica o el desempeño de alguna actividad, deporte, profesión u oficio claramente riesgoso, que no hayan sido declarados por el asegurado al momento de contratar la póliza principal o esta cláusula adicional, o durante su vigencia.

d) Que el asegurado se encuentre bajo los efectos de drogas, alcohol o alucinógenos. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.

e) Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.

f) Cualquier monto incurrido en cubrir el monto correspondiente a Bonificación Mínima de Isapre (BMI) establecido en las condiciones particulares de la póliza catastrófica contratada.
 
Asimismo está cláusula adicional no otorgará cobertura, en los casos comprendidos en las exclusiones de cobertura, de las Condiciones Generales de la póliza a la cual accede.

La exoneración del deducible queda sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones.
 
a) Que el asegurado posea póliza catastrófica vigente.

b) Que las prestaciones médicas u hospitalarias que se otorguen, se deban a la ocurrencia de un accidente cuyo origen sea posterior a la contratación de esta cláusula adicional.

c) Que dicho accidente ocurra antes que el asegurado cumpla la edad señalada en las condiciones particulares de la póliza catastrófica contratada.

d) Que el prestador de los servicios médicos, sea el establecimiento estipulado en las condiciones particulares de la póliza catastrófica contratada.

e) Que el asegurado tenga contratado un plan de salud, vigente en una institución de salud previsional privada (ISAPRE).

f) Edad mínima de ingreso : 14 días de vida, edad máxima de contratación: 64 años con 364 días; edad máxima de permanencia: 65 años con 364 días.

 

 
Tramo edad Adicional + P
[0-25]  UF 0,10
[26-65]  UF 0,20

El Riesgo es cubierto por Seguros CLC S.A. El Seguro se rige por las condiciones, términos y exclusiones de la Póliza catastrófica correspondiente depositada en Comisión de Mercado Financiero (CMF) o Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). En el caso de Pólizas Catastróficas “Vivir Más” estas condiciones se encuentran depositadas en Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) bajo el CAD 3 08 001. El presente documento es solo informativo y no constituye póliza. El detalle de las condiciones, términos y exclusiones, se encuentran en las condiciones generales antes mencionadas y en las condiciones particulares de cada póliza catastrófica.