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¿Qué es Seguro Nuevo Vive Mejor?

 

Es un seguro catastrófico que otorga una cobertura anual de UF 20.000 posterior a la aplicación del deducible de UF 65 para gastos médicos hospitalarios y ambulatorios realizados en Clínica Las Condes.  El monto máximo reembolsable y deducible es anual y dependen de la edad del asegurado, el tipo de prestación y el plan contratado. La cobertura se aplica después de Isapre y otros seguros.

Este seguro:

 
  • Te da tranquilidad económica ante cualquier imprevisto por enfermedad o accidente para atenderte en nuestro prestador preferente Clínica Las Condes.
  • Se ajusta a todas las etapas de tu vida, y lo puedes contratar para tu familia y padres, de 0 a 110 años, sin límite de edad para el ingreso.

Infórmate sobre el Adicional de Accidentes “+Protección” que puedes incorporar a tu seguro Ingresa aquí

Contrata desde: UF 0,35 mensuales

Con la Nueva Cobertura +Urgencia, tus próximas atenciones ambulatorias Traumáticas y no traumáticas, tendrán un Copago de $20.000 en atención de Urgencias y Copago $70.000 en caso de Interconsultas en Urgencia.

Hasta 100% de Cobertura por rescate aéreo y terrestre en caso de riesgo vital entre V y VII Región continental incluyendo RM. 100% sin riesgo vital con tope UF 3.

Coberturas

Exclusiones

Tarifas

Cobertura
+Urgencia

Detalle de coberturas a realizar sobre prestaciones realizadas en Clínica Las Condes para asegurados con Isapre. Estas coberturas son hasta el Monto Máximo de Gastos Reembolsables, se aplican por vigencia anual de la Póliza y por asegurado, y es después reembolso de Isapre y otros seguros:

Monto máximo de gastos reembolsables

a
Tope de la póliza Clínica Las Condes Otros prestadores de salud ubicados en Chile Otros prestadores de salud ubicados en el extranjero Deducible en Clínica las Condes Deducibles en otros prestadores Deducible UF 0 hasta los 29 años en Clínica Las Condes
Hasta los 74 años UF 20.000 UF 10.000 UF 500 UF 65 UF 100

(eventos por cáncer, infarto agudo al miocardio y enfermedad coronaria que requiera cirugía).

Desde los 75 años UF 5.000 UF 3.000 UF 500 UF 150
 
UF 200
 
 
  • El tope máximo de gastos reembolsables por medicamentos o drogas antineoplásicas y ECMO será de UF 3.000 anual por evento.
  • Los topes no son acumulables, son anuales y sin límite de evento.
 

Formas de rebajar tu deducible:

  
  • Contratando (mediante una prima adicional) cualquiera de los siguientes adicionales a tu Seguro Vive Mejor:
 

A) Deducible 0 en caso de Accidente (+ Protección)
 

Podrás eliminar tu deducible en atenciones en Clínica Las Condes pagando una prima adicional de UF 0,10 mensual hasta los 25 años y UF 0,20 mensual entre los 26 y 65 años, en caso de un accidente cubierto por la póliza con el monto máximo de reembolso de UF 20.000.
 
B) Deducible 0 en caso de hospitalización de urgencia quirúrgica "+SeguroCLC"
 

Pagando una prima adicional, tu deducible, en caso de evento por hospitalización de urgencia quirúrgica, será CERO siempre que:
 

  • El contratante pague un aumento de la prima según el siguiente cuadro que expresa la prima bruta en U.F:

     
    Tramo edad Mensual por
    0 - 19 UF 0,20
    Tramo edad Mensual por
    20 - 54 UF 0,25
    Tramo edad Mensual por
    55 - 64 UF 0,38
  • En caso de intervención quirúrgica de urgencia: a) la hospitalización tenga una duración mayor a doce horas; b) la cirugía sea realizada por un médico determinado por Clínica Las Condes; c) no aplica para cirugías electivas; d) que la cirugía se realice antes de 48 horas desde el primer diagnóstico.
  • Se excluyen todas las enfermedades y eventos restringidos en la póliza principal (ejemplo moto, exclusiones) y las siguientes cirugías: septoplastías; cáncer; endoprótesis, salvo por luxación o fractura; neurotomía facetaria, salvo compromiso del nervio que pudiese generar secuela; hernia, salvo hernia inguinal estrangulada; escarectomía, vaciamiento y curetaje quirúrgico, salvo en caso de accidente.
 

C) Rebaja deducible según tu porcentaje de cobertura

Si tienes un plan de Isapre preferente Clínica Las Condes, podrás reducir tu deducible en caso de hospitalización en Clínica Las Condes pagando una prima adicional el nuevo deducible se determina según el porcentaje de reembolso del Sistema de Salud y de otros seguros. 

Es solo para atenciones hospitalarias efectuadas en Clínica Las Condes. Esta cobertura no se aplica para atenciones fuera de ella.

La rebaja del deducible se aplicará de acuerdo a los porcentajes de cobertura de salud previsional y otros seguros o beneficios sobre el monto total de los gastos médicos de acuerdo a los porcentajes de cobertura que se señalan a continuación:

 
Porcentaje del reembolso sobre el monto total de los gastos médicos Deducible para gastos médicos efectuados en Clínica Las Condes para asegurado menor de 75 años
70% - 79,9% UF 30
80% - 89,9% UF 20
Mayor a 90% UF 10

Contrátalo por UF O,20 mensual adicional al pago de prima principal, por cada asegurado. Cobertura hasta los 74 años.

 

Cuadro de coberturas:

 
Asegurados con Isapre Vigente En Clínica Las Condes En Otros prestadores institucionales de Salud
Cobertura para gastos médicos de hospitalización y ambulatorios CON riesgo vital y con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope póliza y aplicación del sistema BMI (*). 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope póliza, tope arancel Clínica Las Condes y aplicación del sistema BMI (*). Sólo hasta estabilización.
Cobertura para gastos médicos de hospitalización SIN riesgo vital y con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope póliza y aplicación del sistema BMI (*). 50% después del reembolso de Sistema de Salud y otros seguros, con tope póliza, tope arancel Clínica Las Condes y aplicación del sistema BMI (*).
Cobertura para gastos médicos ambulatorios y con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope póliza y aplicación del sistema BMI (*). 50% después del reembolso de Sistema de Salud y otros seguros, con tope póliza, tope arancel Clínica Las Condes y aplicación del sistema BMI (*).
Cobertura para medicamentos o drogas antineoplásicas y ECMO con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope UF 3.000 y aplicación del sistema BMI (*). 50% con tope arancel Clínica Las Condes, tope UF 1.500 y aplicación sistema BMI (*).
Cobertura para gastos médicos de hospitalización y ambulatorios no cubiertos por Isapre. 50% después del reembolso de otros seguros, con tope póliza. 25% después de reembolso de otros seguros con tope arancel Clínica Las Condes y tope póliza.
Servicio de rescate aéreo y terrestre en RM, V. VI y VII región continental con traslado hacia CLC en caso de: a) Evento con riesgo vital b) Evento sin riesgo vital a) 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope UF 100. b) 100% después del reembolso de Isapre y otros seguros, con tope UF 3. Sin cobertura hacia otras instituciones
Cobertura de traslado secundario hacia CLC. 100% después del reembolso Isapre y otros seguros, con tope UF 100. No aplica.

Condiciones de cobertura para eventos catastróficos

La compañía reembolsará los gastos médicos antes señalados siempre que:

 
  • El evento haya ocurrido durante la vigencia del asegurado en la Póliza.
  • Los gastos sean dentro del periodo de duración de reembolso.
  • El monto de Gastos Reembolsables supere el deducible después de la Isapre y/o seguros complementarios.
  • La suma de los reembolsos no supere el monto máximo de Gastos Reembolsables.
  • Estos gastos no provengan ni se originen por una causa excluida.
  • La fecha del accidente o del diagnóstico para enfermedad sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de la Póliza.
 

(*) Sistema BMI: Bonificación Mínima Isapre: cuando el sistema de salud previsional individualmente o en conjunto con otros seguros no cubra al menos el 35% del costo total del evento, se considerará como costo de cada evento para efectos de determinar la cobertura solo el 65% de su valor, monto respecto del cual se aplicarán los deducibles, porcentajes y topes de la póliza. Se exceptúan los gastos no cubiertos por sistema previsional y las coberturas de rescate y traslado secundario.


COBERTURA EN REGIONES

La cobertura en otros prestadores de salud fuera de la Región Metropolitana se regirá según el cuadro de cobertura anterior correspondiente a Clínica Las Condes para las primeras UF 250 de gasto reembolsable anual, una vez superado ese monto, se regirá por el cuadro de cobertura correspondiente a otros prestadores institucionales de salud hasta los topes señalados.

Asistencia Gastos de Viaje: Cuando el lugar de residencia del asegurado se encuentre a más de 200 kms. de Santiago, se reembolsarán los gastos de viaje por hasta UF 15 anual, para cubrir los gastos de viaje incurridos por el asegurado en casos de hospitalizaciones en Clínica Las Condes y cuya cuenta total por gastos hospitalarios sea mayor a UF 200.

COBERTURA DE MATERNIDAD

Si quieres tener a tu hijo en Clínica Las Condes, este seguro te cubre cuando la fecha de la concepción es posterior a la de inicio de vigencia de la póliza.
 

Cobertura en Clínica Las Condes Cobertura para aseguradas CON Isapre vigente, sin restricción en su plan de salud respecto del parto. Cobertura para aseguradas CON Isapre vigente, y cobertura reducida de parto en su plan de salud.
Cobertura para gastos médicos hospitalarios provenientes de complicaciones del embarazo y/o del parto con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Sistema de Salud y otros seguros, y aplicación del sistema BMI (*) con tope de cobertura de la póliza. 50% después del reembolso del Sistema de Salud y otros seguros, y con tope de cobertura de póliza.
Cobertura para gastos médicos hospitalarios provenientes del parto sin complicaciones y con reembolso Isapre. 100% después del reembolso de Sistema de Salud y otro seguros, y aplicación de sistema BMI (*) con tope de cobertura de UF 25. 50% después del reembolso del Sistema de Salud y otros seguros, y con tope de cobertura de UF 25.

 

Condiciones de cobertura de Maternidad.
La compañía reembolsará los gastos médicos de una asegurada y su recién nacido, relacionados con maternidad siempre que:

 
  • La fecha de concepción sea posterior al inicio de vigencia de la cobertura de la póliza.

  • El gasto no provenga de tratamientos con fines reproductivos.

  • El gasto no provenga de partos múltiples derivados de tratamientos del punto 2.

 

REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD
 

Edad máxima ingreso Edad máxima permanencia
109 años y 364 días 110 años y 364 días

 

PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO
 
El Período de Duración de Reembolso será de doce (12) meses contados desde la fecha de ocurrencia de un Evento siempre que el asegurado se encuentre vigente y con los pagos al día, en caso contrario el período será hasta 30 días desde el término de la póliza. Este período podrá renovarse por períodos iguales, siempre que:

1) La Póliza esté vigente y con los pagos al día.
2) El Asegurado involucrado en el Evento esté vigente en la Póliza.
 

 

Las exclusiones se encuentran en la POL320160191 y CAD320160169 ambos textos depositados en la cmf. algunas de ellas, existiendo otras en la póliza, son:

  • Enfermedades preexistentes y/o malformaciones congénitas;
  • Tratamientos sicológicos/siquiátricos y/o curas de reposo;
  • Sida ambulatorio;
  • Tratamientos por obesidad no mórbida (IMC <40);
  • Tratamientos estéticos y/o cirugía plástica y/o cirugía para corregir vicios de refracción;
  • Accidentes o enfermedad que se originen por negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado y/o que sea cubiertas por la ley de trabajo y/o autoprovocadas y/o a causa de participación en un acto calificado como delito;
  • Fertilización asistida,
  • Tratamientos dentales;
  • Cualquier tipo de prótesis
  • Atenciones fuera de un prestador institucional.
  • Epidemias y Pandemias declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente.
  • prestaciones, exámenes y procedimientos con nuevas tecnologías, entendiendo por aquellas prestaciones que no se encuentren codificadas en el arancel Fonasa o exista un pronunciamiento por parte de la Superintendencia de Salud homologándolas a otras prestaciones que sí estén contenidas en dicho Arancel.
  • Enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado.
  • Gastos de maternidad en general, salvo lo establecido en las condiciones particulares de la póliza.
  • Gastos acompañante mientras asegurado se encuentre hospitalizado.
  • y todas aquellas señaladas en la póliza que puedes ver en www.cmfchile.cl
 


 

OFERTA DEL SEGURO

Para aceptar la oferta, el cliente debe firmar la propuesta del seguro. La compañía acepta al asegurado cuando emite la Póliza.
 

Seguro desde

UF 0.35

Prima mensual por asegurado.


MONTO Y CONDICIONES DE PAGO DE LA PRIMA

La prima de este seguro se expresa en UF y se calcula según la edad de los asegurados y la tabla siguiente de prima por rango de edad. Puede ser cancelada en forma mensual, trimestral, semestral o anual. El pago de la prima se debe efectuar mediante PAC o PAT.
 

Tramo edad Prima en UF Mensual
[0-1] UF 0,25
[2-17] UF 0,12
[18-24] UF 0,35
[25-34] UF 0,45
Tramo edad Prima en UF Mensual
[35-44] UF 0,52
[45-54] UF 0,90
[55-64] UF 1,65
[65-69] UF 2,32
Tramo edad Prima en UF Mensual
[70-74] UF 2,73
[75-79] UF 4,11
[80-84] UF 4,91
[85-89] UF 5,81
[90-110]  UF 6,24

¿Qué es la cobertura de +Urgencia?

Esta cobertura consiste en que el asegurado tendrá derecho a que Seguros CLC S.A cubra la parte del copago de cargo del Asegurado a Clínica Las Condes, resultante entre el valor de la cuenta generada por la atención, menos lo bonificado por la Isapre y/o seguros complementarios que el asegurado sea beneficiario y menos los descuentos que pueda entregar Clínica Las Condes directamente, respecto de ciertos gastos por atenciones en Urgencia Ambulatoria, descritas como Atenciones Cubiertas, realizadas en Clínica Las Condes Estoril, Centro Médico Integral de Clínica Las Condes Chicureo, y en el Centro Médico Integral de Clínica Las Condes Peñalolén.
 

Conforme a esta cobertura, el asegurado podrá financiar un copago de UF 0,57 (equivalentes en pesos chilenos a $ 20.000, conforme al valor de la Unidad de Fomento del día 1 de abril de 2023 fijada para este único efecto). No obstante lo anterior, en caso de requerir interconsultas médicas en el servicio de Urgencia CLC, el copago será de UF 1,97 (equivalentes a $70.000, conforme a lo antes indicado). El copago financiado por el asegurado podría tener un reajuste anual.
 

Las atenciones cubiertas son aquellos gastos de urgencia que no requieran hospitalización posterior y consistirán exclusivamente en honorarios médicos, costos de atención, exámenes de laboratorio, insumos médicos o medicamentos suministrados dentro del recinto, rayos x y ecografías, siempre y cuando éstas estén consideradas o incluidas en los respectivos planes de Isapre para atención en clínica Las Condes a través del sistema IMED.
 

Estos montos aplicarán por cada ingreso a urgencia ambulatoria. Esta cobertura no aplicará para atenciones sin bonificación de ISAPRE y respecto de prestaciones que no sean admitidas por el sistema de reembolso automatizado IMED, éstas deberán ser pagadas en forma particular por el asegurado, tramitar el respectivo reembolso con su entidad previsional de salud y seguros complementarios, para posteriormente presentar a Seguros CLC.
 

Estos reembolsos no se extenderán a cubrir otros tipos de gastos como por ejemplo Gastos de Traslados de cualquier tipo, TAC, Resonancias, Prótesis y Ortesis o prestaciones que no tengan codificación.
 

Esta cobertura no aplicará ni podrá ser invocada por el asegurado en caso que no tenga gastos de copago efectivo, sea esto por tener cobertura total de plan de salud de Isapre vigente y/o de su seguro complementario de salud y/o por aplicación de cualquier otra cobertura, promociones especiales o descuentos de CLC tales como (por vía meramente ejemplar) procedimientos que acordados por CLC con Isapres (paquetizaciones), campañas especiales CLC (mes de la mama, del colon, o similares), descuentos comerciales realizados por el área de presupuestos de CLC (directamente entre CLC y potenciales pacientes), otros beneficios de descuento o beneficios de CLC, entre otros.
 

En caso de que las atenciones de urgencia finalmente deriven en Hospitalización del asegurado, esta cobertura aplicará exclusivamente a las prestaciones recibidas durante su permanencia en los servicios de urgencia. Cualquier copago posterior a la hospitalización tendrá el tratamiento que corresponda por los seguros contratados en SCLC.

El reembolso asociado a esta nueva cobertura que efectúe el asegurado puede ser exigible hasta 3 meses desde el momento en que fue otorgada la prestación.


Exclusiones:
 

No serán Atenciones Cubiertas aquellas que tengan relación con lesiones sufridas debido a catástrofes naturales; guerra; guerra civil; insurrección civil o similar; por ser el autor o cómplice de acto terrorista; lesiones auto provocadas; lesiones cubiertas por la ley de accidentes del trabajo; sufridas por la realización de actividades riesgosas dentro de las cuales se considerarán el manejo de explosivos, minería subterránea; sufridas durante la ejecución de trabajos, deportes o actividades en altura superior a 20 metros sobre el nivel del piso; trabajo en líneas de alta tensión; todo tipo de buceo o inmersión submarina a más de 30 metros de profundidad; práctica deportiva de motociclismo y/o accidentes fuera de caminos de uso público sea como conductor o pasajero; sufridas durante la práctica de parapante, bungee, canopy, paracaidismo, alas delta o similares; las lesiones sufridas por deportistas de alto rendimiento o como funcionario de las Fuerzas Armadas, Policiales y Gendarmería; ni tampoco las sufridas en estado de ebriedad; sufridas bajo la influencia del alcohol o bajo efectos de drogas. Finalmente, tampoco se entienden formar parte del listado de atenciones cubiertas las que se deriven directa o indirectamente del consumo de alcohol o drogas.

El Riesgo es cubierto por Seguros CLC S.A. El Seguro se rige por las condiciones, términos y exclusiones de la Póliza depositada en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el POL320160191 y CAD320160169.El presente documento es sólo informativo y no constituye póliza. El detalle de las condiciones, términos y exclusiones, se encuentran en las condiciones generales antes mencionadas y en las condiciones particulares de la Póliza.